La reflexión que provoca el título de este post viene de lectura del Auto dictado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria, en el denominado «caso del túnel de Mioño» en el que pesa acusación contra el anterior alcalde de Castro-Urdiales junto con el equipo de gobierno y algunos funcionarios públicos, y al que he tenido acceso en mi condición de Letrado defensor de uno de los acusados.
La resolución dictada en grado de apelación (tras juicio y sentencia) estima un motivo de los recursos de la defensa para decretar la nulidad de actuaciones y la retroacción del procedimiento hasta el momento anterior al traslado de las actuaciones por el órgano instructor a fin de que puedan las defensas presentar sus escritos de calificación y proposición de prueba.
En dicha resolución se lee:»… de manera que luego pueda desarrollarse con eficacia la tarea de defensa penal del imputado, tarea que no es el desarrollo de una mera posición procesal sino el ejercicio de un derecho fundamental, el derecho de defensa del imputado en un proceso penal.»
Este papel proactivo del abogado defensor que la judicatura defiende dada su naturaleza de derecho fundamental nos coloca en una posición privilegiada en el proceso, e igualmente nos impone una importante responsabilidad.
No debemos de olvidar que el derecho de defensa no es un derecho del abogado defensor es un derecho del ciudadano acusado, y que el abogado no es sino el medio, no el fin, para dotar de contenido material y real a dicho derecho fundamental. Es más lo que es un derecho para el acusado se convierte en un deber para el abogado.
Asumir la defensa de un ciudadano en un proceso penal nos coloca en un lugar donde habremos de utilizar nuestras capacidades al servicio de dicha persona. Aunque quisiéramos, no podríamos ser floreros.
Por esto agradezco la resolución de la Audiencia cántabra no sólo porque recuerda la labor fundamental del abogado sino porque me recuerda que esta posición ha de estar al servicio de mi defendido, y que asumiendo su defensa asumo el deber de ejercer su derecho de defensa en todo su contenido constitucionalmente protegido.
Y mi agradecimiento lo extiendo al resto de los abogados defensores de dicho proceso, no sólo por su excelente trato humano, sino por su labor profesional que no olvida lo que es la reflexión de este post, el servicio al ciudadano a través del ejercicio del derecho de defensa.
A ellos un fuerte abrazo y mis mejores deseos para el año 2012.
;; orbe